Este trámite se realiza en la carpeta tributaria del Ayuntamiento de Quijorna.
Descripción ampliada
Autoliquidación de la tasa por ocupación de la vía pública con finalidad lucrativa (terrazas - mesas y sillas, tribunas y tablados, quioscos y elementos análogos).
Destinatario
Cualquier persona física o jurídica que desee ocupar temporalmente la vía publica para uso particular.
Requisitos
Metros cuadros de la ocupación y en caso de Quioscos además el número de meses.
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este organismo.